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Consulte más información sobre sus derechos como consumidor o presente sus peticiones, quejas reclamos ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aquí: https://sedeelectronica.sic.gov.co/
En cumplimiento de la normativa colombiana vigente sobre comercio electrónico, protección al consumidor y las disposiciones aplicables de la Superintendencia de Sociedades, se establece el presente documento con el fin de informar de manera clara, suficiente y verificable las tarifas bajo las cuales se realizan las ventas y reservas a través de medios digitales.
Tarifas oficiales por tipo de Alojamiento:
– Habitación No. 1 – Vista al Lago: (Capacidad 2 a 5 pax)
Precio para pareja por noche con desayuno incluido: $329.000 COP.
Persona adicional con desayuno incluido: $90.000 COP.
– Habitación No. 2 y No. 3 – Vista a la Montaña: (Capacidad 2 a 3 pax)
Precio para pareja por noche con desayuno incluido: $329.000 COP.
Persona adicional con desayuno incluido: $90.000 COP
– Habitación No. 4 Apartamento Superior: (Capacidad 2 a 4 pax)
Precio para pareja por noche con desayuno incluido: $493.000 COP.
Persona adicional con desayuno incluido: $90.000 COP
– Habitación No. 5 Doble Deluxe: (Capacidad 2 pax)
Precio para pareja por noche con desayuno incluido: $411.000 COP.
– Bungalow: (Capacidad 2 a 3 pax)
Precio por pareja por noche con desayuno incluido: $192.000 COP
Persona adicional con desayuno incluido: $90.000 COP
Chalet: (Capacidad 2 a 6 pax)
Precio para pareja por noche con desayuno incluido: $821.000 COP.
Persona adicional con desayuno incluido: $152.000 COP.
– Muelle Arapaima: (Capacidad 2 pax)
Precio para pareja por noche con desayuno incluido: $518.000 COP
Zona de Camping y Overlanding (con desayuno)
Precio noche de vehículo o carpa con dos (2) personas $137.000 COP
Persona adicional con desayuno incluido $69.000 COP
– Zona de Camping y Overlanding (sin desayuno)
Precio noche por vehículo o carpa con dos (2) personas $86.000 COP
Persona adicional $43.000 COP
Tarifas Especiales
Niños entre 0 y 3 años no pagan hospedaje y no tienen desayuno incluido.
Niños entre 4 y 8 años: $69.000 COP por noche con desayuno incluido.
Mascotas: $90.000 COP por noche. (Máximo 2 mascotas por habitación).
Proceso de Compra y Reserva Online
El proceso de compra y reserva se desarrolla de la siguiente manera:
1. Selección del tipo de alojamiento y fechas de estadía.
2. Verificación de disponibilidad.
3. Aceptación expresa de las políticas de cancelación del establecimiento.
4. Envío de datos personales para realización de la reserva
5. Realización del pago del 50% del valor total como anticipo.
6. Confirmación de la reserva una vez verificado el pago.
Condición de Confirmación de la Reserva
Toda reserva realizada por cualquier medio electrónico solo se considerará confirmada cuando se haya efectuado el pago del anticipo correspondiente al 50% del valor total de la reserva y este haya sido validado por la administración, el cual debe realizarse en las próximas 24 horas, de lo contrario se abrirá nuevamente la habitación, ya que el hotel cuenta con un limitado número de habitaciones.
Medios de Pago Disponibles
Los pagos podrán realizarse a través de:
Transferencia bancaria
Llave
Consignación bancaria
Plataformas de pago electrónico (ePayco)
POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
El presente documento establece las Políticas de Tratamiento de Datos Personales de LAGOS DE VENECIA, actuando en virtud de su objeto social y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, compilado en el capítulo 2.2.2.25 del Decreto 1074 de 2015, y en él se describen los mecanismos por medio de los cuales LAGOS DE VENECIA garantiza un manejo adecuado de los datos personales recolectados en sus bases de datos, con el fin de permitir a los titulares el ejercicio del derecho de Hábeas Data.
- RESPONSABLE
El responsable del tratamiento de los datos personales es LAGOS DE VENECIA, identificada con NIT. 18.615.031-4. Si el Usuario tiene preguntas, inquietudes o desea comunicarse con la empresa, en relación o con ocasión de la recolección, manejo, administración y tratamiento de la información, se puede comunicar vía correo electrónico a la siguiente dirección: info@lagosdevenecia.com, o al celular: +57 315 558 0367. Los mensajes serán atendidos a la mayor brevedad posible.
2. DEFINICIONES
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 1581 de 2012 y el 2.2.2.25.1.3 del Decreto 1074 de 2015, se adoptan las siguientes definiciones:
Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
Aviso de privacidad. Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinable.
Dato público. Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
Datos sensibles. Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la
pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
Transferencia. La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión. Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el encargado por cuenta del Responsable.
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
- DERECHOS DE LOS TITULARES Y RESPONSABILIDAD
De conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la ley 1581 de 2012, los titulares podrán:
- Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a LAGOS DE VENECIA o a los encargados. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
- Solicitar prueba de la autorización otorgada a LAGOS DE VENECIA, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
- Ser informado por LAGOS DE VENCIA o el encargado, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales.
- Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.
- Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías
constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que LAGOS DE VENCIA o el encargado ha incurrido en conductas contrarias a la Ley 1581 de 2012 y a la Constitución. - Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.
- OBLIGACIONES DE LAGOS DE VENCIA
- Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
- Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la presente ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
- Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
- Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso
no autorizado o fraudulento. - Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y
comprensible. - Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.
- Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.
- Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley.
- Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
- Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la presente ley.
- Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la presente ley y en especial, para la
atención de consultas y reclamos. - Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.
- Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos.
- Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
- Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
- CONTENIDO DE LAS BASES DE DATOS
En las bases de datos de clientes de LAGOS DE VENECIA se almacena la información requerida en los contratos de hospedaje y tarjeta de registro hotelero, en cumplimiento con lo establecido en la Ley 2068 de 2020, y los datos requeridos para facturación electrónica en cumplimiento del Decreto 358 de 2020 y demás reglamentación de la DIAN. Ente los datos almacenados en cumplimiento de la normatividad citada, se encuentra nombre completo, número y tipo de identificación, género, datos de contacto (correo electrónico, dirección física, teléfono fijo y móvil), nacionalidad, ciudad de residencia y procedencia, motivo de viaje, entre otros. Igualmente se almacenan lo datos de los menores de edad, en cumplimiento al código de conducta para la prevención de la Explotación Sexual, Comercial, de Niños, Niñas y Adolescentes – ESCNNA, establecido en la Resolución 3840 de 2009, y demás normas de protección de menores en el turismo aplicables en el territorio nacional. En adición a estos, y dependiendo de la naturaleza de la base de datos, LAGOS DE VENECIA puede tener datos específicos requeridos para el tratamiento al que serán sometidos los datos.
En las bases de datos de trabajadores y contratistas se incluye información sociodemográfica, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1072 de 2015 y demás normas laborales aplicables, e información sobre la historia laboral y académica, datos sensibles requeridos por la naturaleza de la relación laboral (fotografía, conformación del grupo familiar, datos biométricos).
En la base de datos de proveedores, se incluye información requerida para la gestión de las compras y verificación de cumplimiento de requisitos establecidos en la Resolución 2674 de 2013 para los proveedores con actividades relacionadas con alimentos, y verificación de cumplimiento de requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015. Entre los datos que se almacenan se encuentran: datos de contacto, datos requeridos para pagos, registro INVIMA, cuando aplica, concepto sanitario del establecimiento cuando aplique, datos de la planilla de seguridad social, entre otros.
En las bases de datos se podrá almacenar información sensible con previa autorización de su titular, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 5 y 7 de la ley 1581 de 2012.
- FINALIDAD
La información recolectada por LAGOS DE VENECIA tiene como propósito permitir el adecuado desarrollo de su objeto social, y dar cumplimiento a la normatividad legal aplicable, principalmente en materia de turismo, sanidad, laboral, tributaria y contable. La información sobre clientes, proveedores y trabajadores, actuales o pasados, se guarda con el fin de facilitar, promover, permitir o mantener
relaciones de carácter laboral, civil y comercial.
- TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN
La información que consta en las bases de datos de LAGOS DE VENCIA es sometida a distintas formas de tratamiento, como recolección, intercambio, actualización, procesamiento, reproducción, compilación, almacenamiento, uso, sistematización y organización, todos ellos de forma parcial o total en cumplimiento de las finalidades aquí establecidas. La información podrá ser entregada, transmitida o transferida a entidades públicas, socios comerciales, contratistas, afiliados, subsidiarias, únicamente con el fin de cumplir con las finalidades de la base de datos correspondiente.
En todo caso, la entrega, transmisión o transferencia se hará previa suscripción de los compromisos que sean necesarios para salvaguardar la confidencialidad de la información.
En cumplimiento de deberes legales, LAGOS DE VENECIA podrá suministrar la información personal, incluyendo información sensible, a entidades judiciales o administrativas. LAGOS DE VENECIA velará por el correcto uso de datos personales de menores de edad, garantizando que se cumpla con las exigencias legales aplicables y que todo tratamiento esté previamente autorizado y se encuentre justificado en el interés superior de los menores.
- PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN PERSONAL
LAGOS DE VENECIA se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal que sean Información Privada (es decir que no tengan la naturaleza de pública), y de su deber de tratarlos con confidencialidad, y asume, a estos efectos, las medidas de índole técnica, organizativa y de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. La Información Personal de cada titular está protegida para su privacidad y seguridad.
- ELIMINACIÓN DE LA INFORMACIÓN PERSONAL
El Usuario será libre de revocar, en cualquier tiempo, la autorización expresamente otorgada a LAGOS DE VENECIA en los términos descritos en esta política. Para el efecto, podrá modificar en cualquier tiempo la Información que desee y LAGOS DE VENECIA también será libre de eliminar, total o parcialmente, la Información sobre el Usuario en cualquier momento sin necesidad de autorización expresa para el efecto.
- PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE CONSULTAS:
Los titulares de datos personales que consten en las bases de datos de LAGOS DE VENECIA, o sus causahabientes, podrán consultar los datos que suministrará la información en los términos previstos en la legislación aplicable. Toda solicitud de consulta, corrección, actualización o supresión deberá presentarse por escrito o por correo electrónico, de acuerdo a la información contenida en este documento. Las consultas serán atendidas en un término de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la respectiva solicitud. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
- PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE RECLAMOS:
De acuerdo a los artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012, los reclamos que el titular desee elevar a LAGOS DE VENECIA se surtirán por medio del siguiente trámite:
· Deberán ser formulados por escrito o por correo electrónico, de acuerdo a la información contenida en este documento, y deberán contener, al menos, la siguiente información:
Identificación del Titular .
Descripción de los hechos que dan lugar al reclamo.
Dirección física o correo electrónico del titular de la información.
Documentación que se quiera presentar como prueba, si aplica.
Si el reclamo resultara incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción para que subsane o complemente la información. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información, se entenderá que ha desistido del reclamo.
En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
- PERSONA O ÁREA ENCARGADA
Toda petición o reclamo relacionada con el manejo de datos personales, en aplicación de lo previsto en la Ley 1581 de 2012 y el capítulo 2.2.2.25 del Decreto 1074 de 2015 que compiló el Decreto 1377 de 2013, deberá enviarse a:
Área: Administrativa
Dirección: Calle 37 vía a la Vereda Guacas
Ciudad: Santa Rosa de Cabal
Departamento: Risaralda
Correo electrónico: info@lagosdevenecia.com
Celular: +57 315 558 0367
- ENTRADA Y PERÍODO DE VIGENCIA:
La presente política entra en vigencia a partir del día 15 de enero de 2026 y corresponde a la segunda versión de la política de tratamiento de datos personales. LAGOS DE VENECIA se reserva el derecho a modificarla, en los términos y con las limitaciones previstas en la ley. Las bases de datos administradas por LAGOS DE VENECIA se mantendrán indefinidamente, mientras desarrolle su objeto, y mientras sea necesario para asegurar el cumplimiento de obligaciones de carácter legal, particularmente laboral y contable, pero los datos podrán ser eliminados en cualquier momento a solicitud de su titular, en tanto esta solicitud no contraríe una obligación legal de la empresa o una
obligación contenida en un contrato entre LAGOS DE VENECIA y el titular contable, pero los datos podrán ser eliminados en cualquier momento a solicitud de su titular, en tanto esta solicitud no contraríe una obligación legal de la empresa o una obligación contenida en un contrato entre QUIRÓN PREVENCIÓN COLOMBIA SAS y el titular.
La primera versión de la política de tratamiento de datos personales publicada el 12 de junio de 2017 queda sin efectos a partir de la entrada en vigencia del presente documento.
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JORGE ALBERTO FERNANDEZ BLANDÓN Representante Legal |
Política de cancelación y devolución de dinero.
El establecimiento ofrece servicios de hospedaje turístico y experiencias asociadas, comercializadas a través de página web, plataformas digitales de reserva, redes sociales, mensajería instantánea y otros medios electrónicos autorizados.
Información Clara sobre Precios
Todos los precios informados:
– Están expresados en pesos colombianos (COP).
– Corresponden a valores por noche para pareja, según el tipo de alojamiento.
– Incluyen los servicios expresamente indicados en cada categoría (por ejemplo, desayuno).
– No incluyen consumos adicionales o servicios no especificados.
En lagos de Venecia es necesario realizar un anticipo de mínimo el 50% del valor total para dejar en firme la reserva.
Puedes cancelar tu reserva de manera gratuita hasta 48 horas (2 días) antes de la fecha de llegada; en ese caso, realizaremos el reembolso correspondiente el siguiente martes hábil después de la cancelación.
Si la cancelación se realiza dentro de las 48 horas previas al check-in, o si la reserva fue efectuada dentro de ese mismo periodo (menos de 48 horas antes del ingreso) o no te presentas, no habrá lugar a devolución de dinero.
Al realizar una reserva, el cliente acepta y se acoge automáticamente a las políticas de cancelación, reembolso y manejo de dinero establecidas por el establecimiento.
*Nuestra garantía de servicios aplica máximo por 24 horas. (El pago del anticipo debe realizarse en las siguientes 24 horas posteriores a efectuar la reserva, de lo contrario se abrirá nuevamente la habitación, ya que el hotel cuenta con un limitado número de habitaciones).
*Los precios de las promociones no aplican durante todo el año, solo en determinadas fechas.

Derechos
| Deberes
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RESOLUCION 3840 DE 2009
(Diciembre 24)
Por la cual establece el Código de Conducta contemplado en el artículo 1° de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009 y se dictan otras disposiciones.
EL VICEMINISTRO DE TURISMO, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el artículo 1° de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009 y el Decreto 4965 del 23 de diciembre de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009, «por medio de la cual se adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes», establece la obligación para los prestadores de servicios turísticos de adoptar un modelo de Código de Conducta, que promueva políticas de prevención y evite la utilización y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística.
Que el inciso 2° del artículo en mención, asignó al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la responsabilidad de elaborar, con la participación de organismos representativos de los prestadores de servicios turísticos, el modelo de dicho Código de Conducta.
Que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través del Viceministerio de Turismo, convocó a los gremios del sector turístico para elaborar el modelo del Código de Conducta señalado en el considerando anterior, reunión que se llevó a cabo el día 21 de octubre de 2009 en las dependencias del Ministerio, en la cual se acordaron las medidas mínimas de control establecidas en el artículo 1° de la presente resolución.
Que el mencionado modelo de Código de Conducta fue también publicado por el término de ocho días calendario en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a partir del día 11 de noviembre de 2009, sin que se hubieren recibido comentarios adicionales.
Que el inciso tercero del artículo 1° de la Ley 1336 de 2009, señala que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene la responsabilidad de adoptar medidas administrativas tendientes a verificar el cumplimiento tanto de la adopción, como de la actualización y cumplimiento constante de los Códigos de Conducta adoptados por los prestadores de servicios turísticos y de sanción por causa de su omisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 679 de 2001.
Que el artículo 5° de la misma ley establece que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo exigirá a los prestadores de servicios turísticos para efectos de su inscripción en el Registro Nacional de Turismo, su adhesión al Código de Conducta señalado en el artículo 1° de la mencionada ley, así como para efectos de la actualización del Registro.
Que se hace necesario fijar unas reglas encaminadas al cumplimiento efectivo por parte de los prestadores de servicios turísticos de las obligaciones contempladas en las normas citadas.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Código de Conducta. Con el fin de contrarrestar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en viajes y turismo, los prestadores de servicios turísticos adoptarán un Código de Conducta que deberán observar sus representantes legales, directores, administradores, empleados y contratistas vinculados a la prestación de servicios turísticos, con el fin de hacer efectivas las obligaciones contempladas en los artículos 16 y 17 de la Ley 679 de 2001, así como a prevenir las conductas tipificadas en el artículo 19 de la misma ley e igualmente que incorpore las siguientes medidas mínimas de control:
1. Abstenerse de ofrecer en los programas de promoción turística y en los planes turísticos, expresa o subrepticiamente, planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.
2. Abstenerse de dar información a los turistas, directamente o por interpuesta persona acerca de lugares desde donde se coordinen o donde practique explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
3. Abstenerse de conducir a los turistas, directamente o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas, así como conducir a estos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de barcos localizados en Altamar, con fines de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
4. Abstenerse de facilitar vehículos en rutas turísticas con fines de explotación o de abuso sexual con niños, niñas y adolescentes.
5. Impedir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos en los que se presten servicios turísticos, con fines de explotación o de abuso sexual.
6. Adoptar las medidas tendientes a impedir que el personal vinculado a cualquier título con la empresa, ofrezca servicios turísticos que permitan actividad sexual con niños, niñas y adolescentes.
7. Denunciar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y demás autoridades competentes, los hechos de que hubiere tenido conocimiento por cualquier medio, así como la existencia de lugares, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y asegurar que al interior de la empresa existan canales para la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes.
8. Diseñar y divulgar al interior de la empresa y con sus proveedores de bienes y servicios, una política en la que el prestador establezca medidas para prevenir y contrarrestar toda forma de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en viajes y turismo.
9. Capacitar a todo el personal vinculado a la empresa, frente al tema de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
10. Informar a sus usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.
11. Fijar en lugar visible para los empleados del establecimiento o establecimientos de comercio el presente Código de Conducta y los demás compromisos y medidas que el prestador desee asumir con el fin de proteger a los niños, niñas y adolescentes.
Parágrafo. En cumplimiento del artículo 5° de la Ley 1336 de 2009, la adopción y adhesión del Código de Conducta establecido en este artículo por parte de los prestadores de servicios turísticos, se realizará en forma obligatoria mediante la suscripción del documento que los contenga, el cual será un anexo del formulario de inscripción y el de actualización del Registro Nacional de Turismo.
Artículo 2°. Medidas de control. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 1336 de 2009, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través del Grupo de Protección al Turista de la Dirección de Análisis Sectorial y Promoción del Viceministerio de Turismo o la dependencia que haga sus veces con el apoyo de la Policía de Turismo, adelantará actividades de verificación del cumplimiento constante de las disposiciones de control contempladas en el artículo 1° de la presente resolución, mediante selección aleatoria. El incumplimiento del Código de Conducta dará lugar a las sanciones establecidas en el artículo 20 de la Ley 679 de 2001.
Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 119 del 12 de febrero de 2002.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2009.
El Viceministro de Turismo, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Oscar Rueda García.
(C. F.)
NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47.577 de diciembre 29 de 2009.